La hora de los Cocode
Con una perseverancia y creatividad digna de mejor causa,
administradores públicos y diputados se han esforzado por eludir las
normas de la Ley de Contrataciones del Estado, que regulan lo
relacionado con la adquisición de bienes y servicios y la contratación
de obras. La clave es jugarle la vuelta a esa ley.
Los medios incluyen el fraccionamiento para evitar la licitación y
las excepciones que permite la misma ley, para resolver situaciones de
interés nacional o beneficio social (lo que permite justificar casi
cualquier cosa) o atender situaciones derivadas de los estados de
excepción, como el de calamidad. El objetivo es evitar la engorrosa y
complicada licitación. Se sacrifican la competencia, que permite obtener
mejores precios para el Estado, y la transparencia, que dificulta los
negocios turbios.
No contentos con lo anterior, se idearon otros mecanismos para
eludirla. Desde los fondos sociales que, como bien señaló un colega
columnista, se multiplicaron como hongos y los fideicomisos, hasta
llegar a las ONG. En el caso de fondos y fideicomisos se dio la excusa,
por parte de la Contraloría de Cuentas, de que no podía fiscalizarlos.
Con ello ignoraron de manera cómplice el mandato constitucional relativo
a que la Contraloría debe fiscalizar los ingresos y gastos y, en
general, todo interés hacendario. La conclusión sería elemental: si no
se puede fiscalizar, no se autoriza la utilización de los recursos y se
exige su reintegro a las arcas del Estado.
Vino después la utilización de las organizaciones no gubernamentales
(ONG), pervirtiendo su sentido de entidades de servicio a la comunidad.
Al gusto de funcionarios del Gobierno Central y de las municipalidades,
se crearon centenares de ONG, que solamente sirven de intermediarias
–con un jugoso margen a su favor– para contratar a dedo con empresas
vinculadas a los funcionarios que seleccionan o crean la ONG.
En la ley de presupuesto de 2013 (Artículo 10) está prohibido, salvo
en los servicios de salud, la contratación de las ONG. Pero en el
artículo 53 se permite a los Consejos Departamentales de Desarrollo
contratar la ejecución de obras con los Consejos Comunitarios de
Desarrollo (Cocode) y en el 51 se permite hacer lo mismo a los fondos
sociales y a las entidades descentralizadas.
Los Cocode son la expresión organizada de una comunidad urbana
(barrio o colonia) o rural (aldea, caserío, cantón), para participar en
la planificación democrática del desarrollo –objetivo fundamental del
Sistema de Consejos de Desarrollo– y en la identificación de problemas y
soluciones. Pero, cuando se abre la posibilidad de que se conviertan en
ejecutores de proyectos, se comenzará a pervertir su sentido.
Seguramente, dado que carecen de capacidad instalada para ejecutar por
sí mismos, lo que va a pasar es que seguirán el camino trazado por las
ONG: subcontratar la ejecución de las obras y, de esa manera,
convertirse en otro instrumento para eludir la Ley de Contrataciones.
Pero lo más grave es que corromperán a la dirigencia comunitaria, al
incorporarla al manejo de recursos públicos, sin garantías de
transparencia y efectiva participación ciudadana. Dado que un elemento
fundamental de la estrategia de los partidos cuando ejercen gobierno, es
alinear a los alcaldes con el gobierno de turno, la posibilidad de
que los Cocodes ejecuten proyectos se convertirá en un instrumento de
chantaje para que se incorporen al partido oficial. En síntesis, una
idea desafortunada, con graves consecuencias sobre la autonomía de las
organizaciones comunitarias y las municipalidades, manteniendo la
opacidad y la deshonestidad en el uso de los recursos públicos.
Tomado de: Siglo 21
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