PROMO66 LICEO GUATEMALA

lunes, abril 15, 2013

La hora de los Cocode


  

Luis F. Linares López








Con una perseverancia y creatividad digna de mejor causa, administradores públicos y diputados se han esforzado por eludir las normas de la Ley de Contrataciones del Estado, que regulan lo relacionado con la adquisición de bienes y servicios y la contratación de obras. La clave es jugarle la vuelta a esa ley.

Los medios incluyen el fraccionamiento para evitar la licitación  y  las excepciones que permite la misma ley, para resolver situaciones de interés nacional o beneficio social (lo que permite justificar casi cualquier cosa) o  atender situaciones derivadas de los  estados de excepción, como el de calamidad. El objetivo es evitar la engorrosa y complicada licitación. Se sacrifican la competencia, que permite obtener mejores precios para el Estado, y la transparencia,  que dificulta los negocios turbios.

No contentos con lo anterior,  se idearon otros mecanismos para eludirla. Desde los fondos sociales  que, como bien señaló un colega columnista, se multiplicaron como hongos y los fideicomisos,  hasta llegar a las ONG. En el caso de fondos y fideicomisos se dio la excusa, por parte de la Contraloría de Cuentas,  de que no podía fiscalizarlos. Con ello ignoraron de manera cómplice el mandato constitucional relativo a que la Contraloría debe fiscalizar los ingresos y gastos y, en general, todo interés hacendario. La conclusión  sería  elemental: si no se puede fiscalizar, no se autoriza la utilización de los recursos y se exige su reintegro a las arcas del Estado.

Vino después la utilización de las organizaciones no gubernamentales (ONG), pervirtiendo su sentido de entidades de servicio a la comunidad. Al gusto de funcionarios del Gobierno Central y de las municipalidades, se crearon centenares de ONG, que solamente sirven de intermediarias –con un jugoso margen a su favor– para contratar a dedo con empresas vinculadas   a los funcionarios que seleccionan o crean  la ONG.

En la ley de presupuesto de 2013 (Artículo 10) está prohibido, salvo en los servicios de salud, la contratación de las ONG.  Pero en el artículo 53  se permite a los Consejos Departamentales de Desarrollo contratar la ejecución de obras con los  Consejos Comunitarios de Desarrollo (Cocode) y en el 51 se permite hacer lo mismo a los fondos sociales y a las  entidades descentralizadas.

Los Cocode son la expresión organizada de una  comunidad urbana (barrio o colonia) o rural (aldea, caserío, cantón), para participar en la planificación democrática del desarrollo –objetivo fundamental del Sistema de Consejos de Desarrollo– y en la identificación de problemas y soluciones. Pero, cuando se abre la posibilidad de que se conviertan en ejecutores de proyectos, se comenzará a pervertir su sentido. Seguramente, dado que carecen de capacidad instalada para ejecutar por sí mismos, lo que va a pasar es que seguirán el camino trazado por las ONG: subcontratar la ejecución de las obras y, de esa manera,  convertirse en otro instrumento para eludir la Ley de Contrataciones.

Pero lo más grave es que corromperán a la dirigencia comunitaria, al incorporarla al manejo de recursos públicos, sin garantías de transparencia y efectiva participación ciudadana. Dado que un elemento fundamental de la estrategia de los partidos cuando ejercen gobierno, es alinear  a los  alcaldes con el gobierno de turno, la posibilidad  de  que los Cocodes ejecuten proyectos  se convertirá en un instrumento de chantaje para que se incorporen al partido oficial. En síntesis, una idea desafortunada, con  graves consecuencias sobre la autonomía de las organizaciones comunitarias y las municipalidades, manteniendo la opacidad y la deshonestidad en el uso de los recursos públicos.


Tomado de: Siglo 21